Después de más de seis años y luego de varios reveses en las instancias previas, el máximo tribunal le dio la razón a la Municipalidad de Concordia.
En 2003, el entonces intendente de Concordia, Hernán Orduna, presentó un recurso ante la Justicia Federal de Concepción del Uruguay para que se cumpla lo establecido por la Ordenanza Número 21.906 -y sus modificatorias- y que las empresas que presten servicios en la ciudad cumplan con el pago de la Tasa por Inspección de Higiene.
El planteo apuntaba a que las empresas nacionales o extranjeras que presten servicios en la ciudad abonen tributos de la misma forma que lo hacen las firmas locales. Pero Telefónica de Argentina SA se presentó ante la Justicia diciendo que no tenía local en la ciudad y planteó que se estaba ante un "estado de incertidumbre jurídica", logrando de esa forma que se suspenda el cobro hasta que se resolviera la cuestión definitiva.


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